26 diciembre 2006

Estatus social y Código Penal

La sección primera de la Audiencia de Sevilla ha absuelto de un presunto delito de narcotráfico al ciudadano J. C. C. M. a pesar de qoe cuando fue detenido, el 25 de noviembre de 2005 en las inmediaciones de Mairena del Alcor (Sevilla), portaba 26 papelinas de cocaína.
Hace ya varios años, el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia para evitar la imposición de condenas a los drogodependientes que eran arrestados con cantidades menores, las destinadas a consumo propio.
Sin embargo, 26 papelinas sobrepasan con creces la cuantía máxima fijada para el caso de la cocaína, por lo que la Fiscalía solicitó para el reo una condena de tres años de prisión. Peo en contra de toda lógica, el fallo judicial da por cierto el alegato del reo, quien declaró que toda la cocaína que portaba era para satisfacer su adicción durante el fin de semana...
La cosa es chocante, peor lo es más si se tiene en cuenta que la sentencia desestima que haya delito... ¡porque el procesado tiene un buen empleo y fortuna suficiente para costear la compra de 26 papelinas!
A tenor de tan curioso dictamen, cabe concluir que el estatus económico de los procesados es sustancial a la hora de calificar delitos y, por ejemplo, a un tipo con patrimonio personal notable no hay porque aplicarle los criterios fijados por el Supremo para diferenciar entre la posesión para autoconsumo y la tenencia de partidas --sean más o menos grandes-- que por lógica están destinadas al intercambio o al trapicheo callejero.
¿Cabe concluir, pues, que cada juez y tribunal puede reinterpretar los textos legales?
Si es así, la inseguridad jurídica y la discriminación están servidas.
MÁS detalles, en 20minutos.

2 comentarios:

  1. ¿Y cual es el baremo con el que se mide si tu estatus social te permite llevar y consumir tal o cual cantidad? ¿A los mileuristas que cantidad les dejan llevar encima? ¿Tres papelinas? ¿cinco? ¿una?. O sea, si eres una persona con poder adquisitivo alto la ley se puede interpretar de una forma distinta a si no lo eres ¿no?. Lo que hay que ver.

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  2. Ahí radica el problema... Y la injusticia. Si hay un límie legal que se aplique sin excepciones. Que ese límite sea inadecuado o deba desaparecer es otro problema. Pero en todo caso, que la ley y las normas sean iguales para todos los ciudadanos.

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