22 octubre 2010

Es incierto que la Justicia de la UE haya declarado ilegal el canon digital español

Convendría no lanzar las campanas al vuelo. Desde hace unas horas abundan en la Red los textos afirmando que el canon digital es ilegal según una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) --¡ya quisiéramos!   
No es cierto. Veamos:
En el apartado 59 del dictamen prejudicial que responde a la consulta solicitada a la corte de la UE por la Audiencia de Barcelona, los autores de ese dictamen estiman que el canon que se cobra por copia privada está justificado si la máquina o el soporte está a disposición de particulares.
Más claro: según los autores de ese texto, es legal cobrar el canon a los particulares que compran un ingenio para reproducir o un soporte que permite almacenar y distribuir. Otra cosa es cobrar ese gravamen a empresas, instituciones y profesionales, en ese punto el dictamen considera que el canon español --tal como está concebido y se aplica-- es contrario a Derecho.
Pero ese dictamen no significa que la corte de la UE haya emitido una decisión judicial definitiva. Hay que esperar a la interpretación o aplicación que haga del dictamen prejudicial la institución que lo requirió, la Audiencia de Barcelona, y el resultado de los posibles recursos y apelaciones.  
ENLACE al texto íntegro del dictamen, en PDF.  
ENLACES de interés:  
"El Tribunal de la UE sentencia que es ilegal aplicar el canon digital a empresas", en la web de la Asociación de Internautas, y el texto que con el mismo titular y mensaje ha sido colgado en la web de la Asociación de Usuarios de Internet.

1 comentario:

  1. Más bien lo contrario. Ha dictaminado que es legal y ha puesto excepciones, que no es lo mismo. Pero bueno a la Sgae le va a sentar como un tiro lo de las excepciones. Jejeje.

    saludos

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