Roberto Saiz, juez instructor del Tribunal de Justicia del País Vasco, ha abierto juicio oral contra ocho políticos vascos: el lehendakari Juan José Ibarretxe (PNV), los socialistas Patxi López y Rodolfo Ares, y los independentistas Arnaldo Otegi, Pernando Barrena, Juan José Petrikorena, Rufino Etxebarria y Olatz Dañobeitia, acusados de un delito de desobediencia (artículo 556 del Código Penal), aunque en distintos grados, por el "delito" (¿?) de haberse reunido durante la tregua de ETA para hablar de ETA.
La acción judicial es fruto de las denuncias presentadas por el Foro de Ermua y por Dignidad y Justicia (PP). El juez ha seguido adelante con el expediente en contra del criterio de la Fiscalía, que es partidaria de desestimar las tesis de los denunciantes.
La acción judicial es fruto de las denuncias presentadas por el Foro de Ermua y por Dignidad y Justicia (PP). El juez ha seguido adelante con el expediente en contra del criterio de la Fiscalía, que es partidaria de desestimar las tesis de los denunciantes.
Además, el Tribunal Supremo ya desestimó en su día imputar delitos a representantes institucionales que mantuvieran reuniones con miembros de Batasuna o ETA, al entender que ese tipo de iniciativas forman parte de la lógica actividad política, al igual que sería absurdo procesar al negociador policial que conversa con una banda de secuestradores atrincherados en un banco.
[Esta hipotética conversación entre un representante de la autoridad y los asaltantes de un banco, sin consideraciones aleatorias, constituye un acto objetivamente equiparables al protagonizado por los ocho procesados; con la particularidad de que los cinco independentistas no estaban perpetrando ningún delito contra la integridad de las personas cuando se sentaron a conversar con Ibarretxe, López y Ares]
El delito de desobediencia al que aluden los denunciantes se habría producido porque los independentistas habrían actuado como representantes de una organización política ilegalizada, Batasuna; es decir, el episodio es tan chusco que a Otegi y compañía no se les procesa por representar a ETA o ser sus emisarios, sino que se les acusa de mantener activa --por decirlo así-- una organización ilegalizada.
Sin embargo, los independentistas no acudieron como miembros de Batasuna --condición supuesta y objetivamente irrelevante--, sino que actuaron como transmisores de las condiciones que ETA quería imponer para renunciar a las armas.
Más simple: actuaban como emisarios de ETA, no como representantes de Batasuna.
Sin embargo, los independentistas no acudieron como miembros de Batasuna --condición supuesta y objetivamente irrelevante--, sino que actuaron como transmisores de las condiciones que ETA quería imponer para renunciar a las armas.
Más simple: actuaban como emisarios de ETA, no como representantes de Batasuna.
En resumen, un despropósito de tomo y lomo. Por su parte, el lehendakari y los dos dirigentes del PSE-PSOE están acusados de "cooperación necesaria" para perpetrar tan singular delito de desobediencia; o sea, según esa alambicada tesis serían cómplices de Otegi y compañía por haber contribuido con su presencia a la supuesta existencia de Batasuna…
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¿Serán procesados Suárez, González, Aznar y Zapatero?
Todo ello sin olvidar que es la primera que un juez se inmiscuye en episodios coprotagonizados por representantes institucionales o partidarios y emisarios o miembros de ETA.
Con anterioridad, ya habían participado en ese tipo de encuentros miembros o representantes de los gobiernos de Adolfo Suárez, Felipe González, José María Aznar y Rodríguez Zapatero. La única diferencia sustancial entre el caso ahora juzgado y los citados radica en que Ibarretxe, López y Ares forman parte de la Administración autonómica vasca, no de la central; luego, ¿cabe concluir que este factor es determinante a la hora de interpretar la ley?, ¿acaso a los ciudadanos residentes en el País Vasco se les aplica una versión más restrictiva o pejiguera del Código Penal?
Con anterioridad, ya habían participado en ese tipo de encuentros miembros o representantes de los gobiernos de Adolfo Suárez, Felipe González, José María Aznar y Rodríguez Zapatero. La única diferencia sustancial entre el caso ahora juzgado y los citados radica en que Ibarretxe, López y Ares forman parte de la Administración autonómica vasca, no de la central; luego, ¿cabe concluir que este factor es determinante a la hora de interpretar la ley?, ¿acaso a los ciudadanos residentes en el País Vasco se les aplica una versión más restrictiva o pejiguera del Código Penal?
Extrañísima noticia, sobre todo porque durante el año pasado solía ver a los representantes de Batasuna hablando para los telediarios y no recuerdo se haya encarcelado a ningún periodista por ello.
ResponderEliminarAhora bien, miremos las cosas desde otro lado. La actividad terrorista busca, a través de la aplicación de la violencia indiscriminada, crear un sentimiento de inseguridad en la población, de desconfianza en la capacidad de su gobierno para protegerlos y también que este gobierno recorte los derechos civiles en un intento de identificarlos y detenerlos. Es decir, procuran que el gobierno pinche ilegalmente los teléfonos, haga allanamientos sin necesitar orden judicial, pueda detener gente por tiempo indeterminado sin acusarle formalmente o atender su solicitud de que un abogado esté presente en los interragotorios.
Para crear esto, los terroristas necesitan que su accionar se vea reflejado en las noticias, que se informe a la gente de ello, por eso las consabidas llamadas o mensajes que se hacen llegar a los distintos medios de comunicación diciendo "tal organización se declara responsable de esto". Desde este punto de vista y forzando un poco las cosas, podríamos decir que el periódico que informe o de publicidad a un comunicado de un grupo guerrillero o de una organización política ilegal es copartícipe necesario del delito... gilipolleces ¿No es así?
En los representantes políticos elegidos democráticamente el pueblo descansa un montón de responsabilidades. El gobierno es responsable de dar seguridad, de educar, de proteger las fronteras, de administrar los bienes de una nación de manera eficiente y para el bien común y de negociar con los enemigos de esta nación treguas, la paz, etc.
Si pensamos siguiendo esta línea, los acusados solo trataron de cumplir con la responsabilidad que la comunidad que gobierna puso en sus manos y no pueden ser acusados por ello.
Un abrazo.
Como respuesta a tus preguntas, diré que sí, que eso es lo que a mí me parece.
ResponderEliminarDurante el gobierno del PP fue todo un secretario de estado, entre otros, el que se reunió con la misma ETA, no con intermediarios, con (ex)miembros de batasuna.
ResponderEliminarAdemás, ¿Ibarretxe y Patxi López tendrán inmunidad y foro especial por se parlamentarios.
Saludos
Más inquietante que la actitud del PP --que lo es y mucho-- es el extraño empeño del juez instructor del TS del País Vasco.
ResponderEliminarFélix, sabrás que anoche mientras comentaba la noticia dejé ese punto de lado porque creí que sería cargar demasiado las tintas, sin embargo tu comentario me lo trajo a la memoria nuevamente.
ResponderEliminarEn mi país son los jueces quienes investigan, no lo fiscales, no sé como es aquí. Por el contrario en los EE.UU. los fiscales son los responsables de la investigación y quienes deciden si llevar, o no, una denuncia o caso a juicio. El juez estadounidense, simplemente, decide si las pruebas aportadas por la fiscalía son suficientes para justificar ese juicio.
En este caso me produce suma extrañeza que por un lado el fiscal diga que la denuncia es insostenible y el juez piense absolutamente lo contrario. He barajado muchas razones, entre ellas que el juez puede considerar que al ser un hecho político sería conveniente exponer todo en un juicio para evitar luego acusaciones de conspiración o favoritismo o lo que sea. Luego están las otras opciones, simpatías políticas,deseos de figurar en las primeras planas, enemistad con alguno de los imputados o con el fiscal, etc...
Pero tanto la primer causa, que parece ser la más "potable" como las demás, suenan bastante lejanas no solo al espíritu de la ley, sino de la justicia.
También puede suceder que el juez crea firmemente que actúa con corrección, que un hecho de esta clase puede configurar un delito y más vale determinar eso en un juicio donde los acusados tengan todas las garantías de la ley para, de esa forma y en caso de ser sobreseídos, quedar limpios de toda culpa.
Pero lo que no me mola para nada es la encarcelación, aunque sea temporal, de algunos imputados y la no encarcelación de los demás, debería ser o todos o ninguno, sin ningún tipo de miramientos ni políticos, ni diplomáticos, ni de oportunidad.
También, en el caso de que los imputados quedasen libres declarándoseles inocentes, debería tomarse algún tipo de medida contra sus acusadores, la malicia jamás ha de quedar impune porque eso favorecería la realización de denuncias por denunciar total en alguna de esas conseguimos que quede preso.
Y lo que es más importante, la calidad de las pruebas con las que cuenta el juez para decidir que la encarcelación de algunos de los imputados. Un juez no puede encarcelar a alguien simplemente porque otro lo denuncia sin contar con pruebas suficientes para ello. El área del estado a la que le corresponda ha de, en su momento, considerar las pruebas tenidas en cuenta por este juez para juzgar, a su ves, su desempeño porque, y esto es lo que considero más importante, si un juez encarcela a una persona basándose en dichos de terceros, en suposiciones, y no en pruebas reales y contundentes, esta desdiciendo todo lo que significa la palabra ley. Nadie puede ser encarcelado por lo que "cuentan" de él, y para encarcelar a una persona de manera preventiva creo que ha de probarse que la persona a encarcelar no tiene suficiente arraigo en el lugar y/o que dejarlo libre pone en peligro a terceros. En todo otro caso para encarcelar a una persona ha de demostrarse que es culpable, ya que existe la presunción de inocencia en el estado de derecho.
Más o menos espero haber dicho lo que deseaba decir y no haber metido demasiado las de andar.
Un abrazo.
Hola Sergio, te voy a tratar de contestar, pero no soy un experto en el tema y me puedo equivocar.
ResponderEliminarEn España los que "investigan" son los jueces instructores, por ejemplo, que son diferentes a los que dictan las sentencias.
Los fiscales tienen libertad para tomar cualquier postura, simplificando, defender o denunciar.
Creo que es así pero me puedo equivocar. Saludos
Gracias Jónathan. Un abrazo.
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