Satanizar, endiosar y creer es más cómodo y rentable que analizar, contextualizar y dudar

jueves, 10 de noviembre de 2011

Manosear el sexo de una mujer contra su voluntad "cuesta" un año de libertad condicional

El empresario Eduardo Mastral, del sector de la limpieza y domiciliado en Zaragoza, estaba acusado de haber acosado sexualmente y someter a tocamientos a siete de sus trabajadoras. Mastral, se ha sentado apenas ocho minutos en el banquillo de los acusados de la sección primera de la Audiencia porque la Fiscalía, la abogada defensora del reo (Cristina Ruiz-Galbe) y la acusación particular (ejercida por Noemí González, sólo una de las víctimas ejerció este derecho) dieron por buena la pena consensuada antes de la vista: Mastral sólo ha sido condenado a pagar cuatro multas de 3.240 euros como autor de otros tantos abusos sexuales, una sanción de 1.800 por un delito continuado de acoso, y un año de cárcel e inhabilitación por haber manoseado el órgano sexual de una de las víctimas --en estos casos y por lo general, si la condena no supera los 24 meses y el reo no tiene antecedentes en vigor ni penas pendientes de cumplir, no entra en prisión y queda en libertad condicional.
Francamente, si se tiene en cuenta que por lo general la mayoría de robos de menor cuantía --digo robos, no hurtos--, sin violencia ni otros agravantes se acostumbran a castigar con penas mayores, y si a eso añadimos la angustia que han vivido esas mujeres, que no podían dejar el empleo porque era el sustento económico del que dependían, la condena impuesta es ridícula. Y vergonzosa.
Sólo uno de los delitos juzgados, el tocamiento del órgano sexual, ha merecido cárcel; en tanto que los otros (obligarlas a desnudarse, sobarlas, someterlas a interrogatorios sobre prácticas sexuales, etcétera) han sido castigados con el abono de 14.760 euros...
En el civilizado Occidente, no sólo en España, es habitual que el abono de una cantidad de dinero salde el disfrute sexual delictivo.
[Otro caso similar: "El precio legal de sobar a siete mujeres contra su voluntad es de 22.000 euros"] 
¿Por qué las condenas por delitos de índole sexual, máxime si la víctima es una mujer mayor de edad, casi siempre zanjan el asunto con dinero?
Esta histórica inclinación a vincular sexo y economía, también legalmente, es un rastro de hábitos ancestrales, o no tan viejos, que sigue ahí, entre nosotros; en ocasiones de forma inconsciente y otras veces porque subyace la creencia o la convicción de que el acceso del varón al sexo siempre es comprensible y natural, como si el deseo fuera una droga enajenadora, incluso en casos como el del empresario de marras; salvo que se produzca la sagrada penetración y esta se ejecute con violencia.
[Los hábitos y valores que subyacen inconscientemente o que siguen vigentes son, por ejemplo, el medieval derecho de pernada --en las empresas se dan casos equiparables--, identificar a la mujer con el sexo y sólo con el sexo, el pago de dinero a cambio de sexo --la prostitución--, o el uso del sexo como arma por parte de las mujeras].       
MÁS detalles del caso Mastral, en EL PERIÓDICO DE ARAGÓN.
OTRO ejemplo de justicia sexista, en "Absuelto de abusar de una menor por tolerarlo la cultura gitana rumana", vía agencia Europa Press.

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